viernes, 19 Abr, 2024

Sector Cultural: Ayudas a la edición de libros 2020

por | Jul 18, 2020 | Actualidad

Ayudas a la edición

Como cada año, el Ministerio de Cultura, a través de la resolución de la Subsecretaría de Cultura y Deporte, convoca subvenciones para el ámbito editorial en este 2020.

Se abre el plazo de esta convocatoria el 17 de julio y podéis alpistear todos sus detalles aquí mismo.

Los autónomos, en este caso editores, tienen ahora una gran oportunidad para poner en marcha sus proyectos con este impulso económico que, además, no tendremos que “devolver” a la Administración una vez publicados los proyectos. 

Os contamos los detalles a continuación.

A quién va dirigida, cuantía y cobertura.

Esta convocatoria de ayudas, enmarcada bajo el programa 334B “Ayudas para la edición de libros” del ministerio de Cultura y Deporte para el año 2020, está dirigida a personas jurídicas y autónomos que se dediquen a la edición de libros como actividad. 

La cuantía económica total es de 1.150.000€, a repartir entre los proyectos que sean seleccionados, que se elegirán en régimen de concurrencia competitiva: es decir, que compiten entre sí en base a una serie de criterios que más adelante os señalamos.

Está pensada para que, en cada caso, se pueda financiar el 50% del coste total de cada proyecto ganador. El 50% restante irá a cargo de la editorial o de otras ayudas públicas o privadas.

Bases y Plazos de la convocatoria

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE.

¡Oh, maravilla! Las solicitudes se presentarán en la Administración  con un certificado de firma electrónica válida, a través de la sede electrónica del Ministerio de Cultura y Deporte (https://cultura.sede.gob.es/) en el apartado “procedimientos y ayudas”.

No vamos a necesitar desplazarnos físicamente a ninguna oficina y podremos empezar a presentar nuestra solicitud a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el B.O.E.

Documentación que deberemos aportar 

Como documentación básica, tendremos que presentar lo siguiente:

  • Como autónomos, deberemos entregar el documento que acredite el alta en el epígrafe correspondiente a la edición de libros del IAE.
  • Declaración responsable de encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Declaración responsable de no estar incurso en una causa de incompatibilidad o prohibición para obtener subvenciones.

Requisitos de la solicitud

  • Se podrán presentar un máximo del equivalente al 50% de la producción editorial que hayamos tenido en 2019 o, en su defecto, no más de 5 proyectos.
  • Programar una tirada mínima de 700 ejemplares en el caso de libros físicos, en papel; en el caso de los digitales, de los que sean en lenguaje de signos o en braille, no se aplicará este punto.
  • Ajustarse a una categoría que esté entre las siguientes: de referencia o consulta, de pensamiento en disciplinas humanísticas o científicas; perteneciente a algunos de los distintos géneros (ensayo, poesía, narrativa, dramaturgia…), obras ilustradas y cómics; u obras para el público infantil y juvenil.-*-

Tramitación: Cómo presentamos nuestra solicitud

Como ya hemos comentado antes podremos presentar la solicitud, y nuestra memoria de los diferentes proyectos, de manera electrónica.

Junto con la solicitud, deberemos presentar una memoria para cada uno de los proyectos de edición. En ella, deberemos poner en valor los datos de interés que harán a nuestro proyecto ganador. 

La adjudicación de esta financiación se hará siguiendo los siguientes criterios, valorándose las solicitudes con un sistema de puntos:

  • El interés cultural de las publicaciones.
  • La trayectoria del autor/a, traductor/a o ilustrador/a.
  • Fomento de la comunicación cultural entre Comunidades Autónomas.
  • Edición simultánea: los libros que se editen simultáneamente en papel, en formato digital y/o audiolibro.
  • En el caso de edición en formato papel: gestión sostenible de la edición mediante promoción de sistemas de certificación que garanticen la procedencia forestal ambientalmente responsable.

Obtendrán automáticamente una ayuda todos los libros que hayan obtenido, al menos, 50 puntos. 

¿Tendremos que devolver el importe de la ayuda, una vez editada la obra? Qué deberemos justificar.

La respuesta es ¡No!… Y es una de las grandes ventajas e incentivos de esta convocatoria. Es un soplo de aire fresco a la actividad editorial, por el que no tendremos que devolver la cuantía recibida.

Eso sí, los que obtengamos esta financiación debemos realizar nuestra edición en un plazo máximo de18 meses, contados a partir de la fecha de publicación de la resolución de la concesión.

Además, tendremos que justificar electrónicamente la subvención concedida a través de la presentación, dentro de los tres meses siguientes a la edición, de los siguientes elementos:

  1. Un ejemplar de muestra del libro subvencionado.
  2. Un certificado emitido por la imprenta que acredite haber llevado a cabo la tirada mínima exigida.
  3. Memoria de actividades.
  4. Una tabla con los gastos en que se haya incurrido para realizar la actividad.
  5. Tendremos que incluir el logotipo del Ministerio de Cultura y Deporte, para que permita identificar el origen de la subvención, incluyendo una leyenda específica que sea visible.

[Fotografía: Studio Media en Unsplash]

<a href="https://elnuevoautonomo.com/author/almudenasemprun/" target="_self">Almudena B. Semprún</a>

Almudena B. Semprún

Historiadora del Arte, redacción cultural y creación de contenidos. Literatura, Arquitectura, Feminismo, Escritoras. Twitter | Instagram

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