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Conoce todos los detalles sobre la tarifa plana para autónomos en 2020

por | Feb 10, 2020 | Actualidad

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¿Qué es la tarifa plana para autónomos?

La tarifa plana es una propuesta dirigida a los autónomos iniciada por el gobierno durante el año 2013. Permite a ciertos trabajadores por cuenta propia pagar una cuota reducida a la Seguridad Social durante un tiempo, aunque en los últimos años ha habido algunos cambios en la normativa que conviene aclarar. Se creó con la intención de favorecer el emprendimiento y el autoempleo.

Desde entonces y hasta la actualidad, el autónomo podía beneficiarse de la tarifa plana de 50 euros al mes durante los seis primeros meses desde el inicio de su actividad. Con la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo se introdujo una nueva reducción del 80% en la cuota, a disfrutar durante los primeros 12 meses como trabajador autónomo.

El año 2020 trae consigo algunas novedades respecto a años anteriores sobre la cuantía y la duración de la tarifa plana básica en las cuotas de autónomos.

¿Qué clase de autónomos pueden solicitar esta tarifa?

Los requisitos exigidos para solicitar la cuota reducida de autónomos se han ido flexibilizando, de forma que se han eliminando algunas condiciones de acceso y se han y facilitado otras, que actualmente son las siguientes:

-Que sea la primera vez que ejerces como autónomo.

-Llevar más de dos años de baja en el RETA si has trabajado por cuenta propia anteriormente.

-Llevar más de tres años de baja en el RETA si has trabajado por cuenta propia anteriormente disfrutando de la tarifa plana para autónomos.

-No tener la condición de administrador de una sociedad.

-No ejercer como autónomo colaborativo o pluriempleado, que pertenece a un grupo específico y se beneficia de determinadas medidas de la Seguridad Social.

Cuantía de la tarifa plana para autónomos nuevos

Hay cuatro tramos diferentes para que como autónomo puedas disfrutar de la tarifa reducida.

-Durante los primeros 12 meses existe una cuota de 60 euros, la cual supone una reducción del 80 % sobre la base inicial de 283,30 euros.

-Desde los meses 13 a 18 los autónomos disponen de la cuota de 141,65 euros, que supone una reducción del 50 % sobre la cuota de
base.

-Durante los meses 19 a 24 se establece la cuota de 198,31 euros, lo que implica una reducción del 30 % sobre la cuota base.

Si eres menor de 18 años te puedes beneficiar de una bonificación adicional. Durante los meses 25 a 36 dispones de una cuota de
198,31 euros, que supone una reducción añadida del 30 %.

Supuestos específicos

Hay una serie de supuestos particulares en los que el autónomo se puede beneficiar de determinados descuentos en el pago de las cuotas de la Seguridad Social. Los supuestos son los siguientes:

Maternidad

La madre trabajadora puede acceder a la tarifa plana por maternidad sin necesidad de esperar dos años para acceder a la tarifa plana para autónomos, en la misma cuantía y condiciones que otro trabajador por cuenta propia.

Pluriactividad

Si eres autónomo y además realizas algún trabajo por cuenta ajena se considera que estás en situación de pluriactividad. Como autónomo podrás acogerte a la tarifa plana por pluriactividad si cumples estos requisitos:

-Estar dado de alta previamente como trabajador por cuenta ajena.

-Inscribirte en el RETA por vez primera.

-Haberte puesto en situación de pluriactividad como consecuencia de la inscripción en el RETA.

En este caso deberás optar entre la reducción por pluriempleo o la tarifa plana para autónomos 2020, ya que no se pueden compatibilizar. Deberás escoger entre ambas la más beneficiosa para ti.

La cuota que pagas como autónomo pluriempleado es diferente si trabajas a jornada completa o a tiempo parcial. Si eres trabajador a jornada completa:

-Durante los primeros 18 meses de cotización dispones de una cuota reducida del 50 % de la base de cotización inicial.

-Durante los meses 19 al 36 dispones de la reducción sobre la cuota inicial del 75 %.

Si eres empleado a tiempo parcial:

-Durante los primeros primeros 18 meses puedes obtener una reducción del 75 % sobre de la base de cotización.

-Durante los meses 19 al 36 la reducción de la cuota se establece en el 85 %.

Autónomos colaboradores

Son autónomos colaboradores los que conviven en la misma vivienda que el familiar que los ha contratado, como marido y
mujer, que es el caso más típico. Aunque no pueden disfrutar de la tarifa plana para autónomos, sí pueden beneficiarse de las siguientes bonificaciones:

-Durante los primeros 18 meses pueden obtener una reducción de 50 % sobre la cuota de autónomos.

-Durante los meses 19 al 24 se podrán beneficiar de una reducción del 25 %.

Autónomos con trabajadores contratados

El año 2015 aumentó las posibilidades de los emprendedores al permitir que disfrutaran de la tarifa plana para autónomos aquellos que tuvieran a empleados contratados.

Municipios con menos de 5.000 habitantes

Si eres autónomo y vives en un municipio con menos de 5.000 habitantes puedes disfrutar de bonificaciones, siempre y cuando cumplas los siguientes requisitos:

-Estar empadronado en un municipio de menos de 5.000 habitantes, como hemos descrito.

-Darte de alta en la administración de Hacienda en el municipio en el que estás empadronado.

-Desarrollar tu actividad en la región que aparece en el registro de Hacienda.

-Haberte dado de alta formalmente como autónomo después del 1 de agosto de 2018.

¿Cómo solicitar la tarifa plana para autónomos?

La tarifa plana opera automáticamente en el caso de los nuevos autónomos que se den de alta y cumplan los requisitos descritos. Respecto a los trámites que se tienen que realizar, son los siguientes:

-En la Agencia Tributaria: solicitar el alta en el censo de empresarios mediante la cumplimentación del modelo 036 o 037 para indicar a Hacienda el inicio de tu actividad. Y darse de alta en el IAE (Impuesto de Actividades Económicas) mediante el modelo 840, en caso de que losingresos superen el millón de euros.

-Ante la Tesorería General de la Seguridad Social es necesario darse de alta en el RETA cumplimentando el modelo TA0521.

Modificaciones que piden los autónomos en la tarifa plana de 2020

La Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA) solicita la aprobación de una serie de medidas para frenar el decaimiento de la actividad emprendedora. Las modificaciones que propone para la tarifa plana de autónomos en 2020 son las siguientes:

-El establecimiento de una cuota de 60 euros mensuales durante los 24 primeros meses, que se pueda prorrogar por dos años más para los trabajadores que obtengan ingresos inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

-El establecimiento de la tarifa «cero» para autónomos no habituales que obtengan ingresos que no superen la mitad del SMI.

-La fijación de una cuota de 30 eruos al mes para los estudiantes que no hayan alcanzado los 25 años, durante todo el tiempo que dure su formación, previa acreditación por medio de la prestación de la matrícula al efecto.

-La creación de una tarifa de 30 euros durante 24 meses para mujeres emprendedoras que desarrollen su actividad en el medio rural.

-Ampliación de la tarifa plana de 60 euros para mujeres que vuelven al desarrollo de su actividad tras haber estado de baja por maternidad (de 12 a 24 meses).

-La instauración de un subsidio de 426 euros, como mínimo, en beneficio de los autónomos que ya hayan cobrado toda la prestación por haber cesado su actividad.

-Establecimiento de un sueldo, como mínimo, de 1.050 euros para los autónomos dependientes o TRADE.

-La incorporación de una deducción del 100 % del gasto ocasionado por la utilización de vehículos eléctricos.

-Supresión del registro de horas para autónomos que cuenten con menos de cinco empleados o que ejerzan el 75 % de su actividad fuera de las instalaciones de trabajo.

-Establecimiento de algún tipo de sanción a las empresas o a la administración en el supuesto de que se retrasen en el pago o incumplan sus obligaciones de pago.

¿Cómo calcular la base mínima de cotización?

La base mínima de cotización es la resultante de aplicar una reducción de un 30% de interés sobre la cuota inicial, que da como resultado 293,30 euros.

¿Queda cubierto el autónomo que aplica la reducción frente a las contingencias que pueda sufrir?

Absolutamente sí.

Importante

Siempre que decidas ejercer tu actividad profesional o empresarial como autónomo tienes que cumplir con tus obligaciones ante la Agencia Tributaria y la Seguridad Social. Para ello no dudes en consultar a Autonomoo.

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