jueves, 25 Abr, 2024

Estas son las obligaciones fiscales del cuarto trimestre para el autónomo

por | Sep 23, 2018 | Actualidad

Obligaciones fiscales

Con el inicio del cuarto trimestre, las responsabilidades fiscales abruman a los autónomos

El Nuevo Autónomo. En septiembre, los autónomos deben retomar su actividad tras el parón del verano. El aluvión de correos que reciben después de las vacaciones se suma a todas las obligaciones fiscales que deben cumplir. Realizar los trámites y hacer frente a las obligaciones del último trimestre del año son dos de sus principales preocupaciones.

Tener claro cuáles son todos los requisitos que tienes que completar es una ardua tarea que puede convertirse en una losa si no se hace correctamente. Por ello siempre es recomendable acudir a un experto fiscal que te asesore sobre la contabilidad.

A continuación vamos a desglosar todos los trámites y obligaciones fiscales a los que tendrás que hacer frente en el último trimestre del año si eres autónomo.

Obligaciones fiscales en septiembre de 2018

Si tributas el IVA de forma mensual en vez de trimestral, tendrás hasta el 20 de septiembre para presentarlo.

Octubre tiene más obligaciones fiscales:

Este es el mes donde más trámites tendrás que presentar, al ser el cierre del tercer trimestre fiscal. No obstante, el 20 de octubre de este año cae en sábado, por lo que el límite para presentar los documentos se traslada al siguiente día hábil, el lunes 22. Estos son los trámites obligatorios:

  • Autoliquidación del IVA del tercer trimestre (modelo 303): se trata de la liquidación trimestral del IVA que deben cumplimentar todos los autónomos que tengan una actividad sujeta al impuesto. El porcentaje variará entre el 21%, el 10% y el 4% en función de si es del precio total, reducido o superreducido. El documento de autoliquidación es la diferencia entre el IVA repercutido, aquel que has recibido por cada factura emitida y que hay que devolver, y el IVA soportado, el impuesto que pagas de más al comprar a los proveedores. Es decir, es la diferencia entre el IVA que has percibido y el que has soportado. Recuerda que los autónomos tienen también la posibilidad de solicitar un aplazamiento del IVA, que deberán cumplimentar en el modelo 303 y presentarlo antes del día 20 de octubre.
  • Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias (modelo 349): se trata de una declaración informativa en la que todas las empresas que operen a nivel intracomunitario tienen que detallar cómo son estas operaciones. Se consideran operaciones intracomunitarias cualquier compra o venta de un bien o servicio a una empresa que está localizada en algún país de la Unión Europea. Para ello tenemos que estar dados de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI).
  • Retenciones aplicadas a trabajadores, profesionales empresarios (modelo 111): este es el documento trimestral mediante el cual los autónomos y las empresas declaran e ingresan todas las retenciones del IRPF que han realizado a sus trabajadores a lo largo del trimestre. Están obligados a presentarlo todos los empresarios que hayan aplicado retenciones en las nóminas de los empleados o en las facturas de compra.
  • Retenciones aplicadas por alquileres (modelo 115): este modelo se presenta para declarar a Hacienda todas las retenciones del IRPF que se han realizado en concepto de alquiler. Si pagas un alquiler por una oficina o un espacio de trabajo tienes que declarar todas las retenciones que has practicado mensualmente en el pago de ese alquiler.
  • Liquidación del IRPF fraccionada por Estimación Directa (modelo 130): se trata del modelo mediante el cual el autónomo declara el beneficio que ha generado con su actividad económica y se ingresa un porcentaje de este beneficio a cuenta de su declaración de la Renta. Únicamente están exentos de presentar este modelo los autónomos que hayan tenido retención o ingreso a cuenta en al menos el 70% de sus ingresos.
  • Liquidación del IRPF fraccionada por Estimación Objetiva (modelo 131): esta declaración es la equivalente al modelo 130 para aquellos autónomos que tributen por módulos.
  • Pago fraccionado del Impuesto de Sociedades (modelo 202): es el modelo para hacer pagos a cuenta del Impuesto de Sociedades. Es decir, es un pequeño adelanto que haces a Hacienda cuyo importe se descontará de la cantidad que hay que pagar en el Impuesto de Sociedades anual.

Últimas obligaciones fiscales: diciembre de 2018

  • El 20 de diciembre es la fecha tope para presentar el pago fraccionado del Impuesto de Sociedades (modelo 202).
  • El 31 de diciembre es el último día en el que se puede cambiar la forma de tributar el IRPF (modelo 036 o 037).

Estas son todas las obligaciones fiscales que tienes que cumplir si estás dado de alta en régimen de autónomo durante este último trimestre del año para poder dar la bienvenida a 2019 con los deberes hechos.

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